PRODUCE: se dictan cuatro medidas de urgencia en beneficio del sector pesquero

Para afrontar los daños ocasionados por el “Niño Costero” en las regiones del norte

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  • Ministro de la Producción, Bruno Giuffra, destacó que iniciativas tienen por objetivo apoyar a los pescadores y reactivar la actividad pesquera
  • Medidas del Ejecutivo, amplían la vigencia del Sistema de Formalización Pesquera Artesanal (SIFORPA) del 19 de agosto hasta el 31 de diciembre
  • Además, brindan facilidades para la importación y comercialización de alimentos industrializados para el consumo humano en situaciones de emergencia
  • En el caso del cabotaje marítimo para las embarcaciones pesqueras se realiza una modificación: solo estará permitido para embarcaciones con una capacidad de bodega de más de 350 m3
  • Por último, se flexibilizan las condiciones de pago de las multas administrativas impuestas por infracción o infracciones a la normativa pesquera y acuícola, hasta por un plazo de 150 días

El Ejecutivo publicó el Decreto de Urgencia (DU) Nº 007-2017 que dicta medidas en beneficio del sector pesquero que permitirán afrontar los daños y perjuicios económicos ocasionados por “El Niño Costero” a la infraestructura vial, a los centros de producción, comercialización y expendio de productos hidrobiológicos, informó el Ministerio de la Producción (PRODUCE).

En primer lugar, se amplía el plazo de vigencia del Sistema de Formalización Pesquera Artesanal (SIFORPA) del 19 de agosto hasta el 31 de diciembre del 2017 para facilitar el proceso de formalización que se ha dificultado en las zonas declaradas en emergencia por los huaicos y lluvias, particularmente en las regiones del norte del país, donde se encuentran más del 70% de las embarcaciones artesanales.

Como se sabe, esta herramienta virtual, que fue implementada por el Ministerio de la Producción (PRODUCE) a fines de febrero pasado, busca impulsar el desarrollo de la pesca artesanal y formalizar las pequeñas embarcaciones artesanales que cuenten con una capacidad de hasta un 6.48 de arqueo bruto, reduciendo los costos y plazos que antes demoraban varios meses.

El Decreto de Urgencia también modifica el permiso del cabotaje marítimo para embarcaciones pesqueras. El cambio establece que solo podrán realizarlo embarcaciones con capacidad de bodega de más de 350 m3, y no de 35 m3 como se autorizó a fines de marzo pasado.

El Ejecutivo explicó que la disposición anterior no resultaba conveniente porque iba a incrementar la cantidad de embarcaciones menores para realizar el traslado de mercancías. Esto, a su vez, constituía un peligro para la seguridad de la embarcación y dificultaba el control y supervisión de dichas naves ya que podrían salir o arribar desde cualquier punto.

Asimismo, el Ejecutivo anunció la flexibilización de las condiciones de pago de las multas administrativas impuestas por infracción o infracciones a la normativa pesquera y acuícola que no se encuentren en algún proceso judicial, hasta por un plazo de 150 días calendario contado a partir de hoy.

“Este conjunto de medidas permiten apoyar al pescador y contribuyen a reactivar la actividad pesquera en las zonas declaradas en emergencia por el impacto de “El Niño Costero”, destacó el ministro de la Producción, Bruno Giuffra.

Por último, se brindan facilidades por un plazo de 30 días hábiles para la importación y comercialización de alimentos industrializados para consumo humano en situaciones de emergencia, como las conservas de pescado. Para ello se precisa que el registro sanitario o la autorización sanitaria podrán ser otorgados previa presentación de una declaración jurada y que los importadores o proveedores extranjeros son responsables de la inocuidad de los productos importados.

El Ministerio de la Producción (PRODUCE) tiene un plazo no mayor de 10 días calendario para aprobar mediante resolución ministerial, las medidas y/o lineamientos necesarios para viabilizar el cumplimiento de los dispuesto en el referido DU.

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