PRODUCE: Se podrá solicitar prórroga hasta por 150 días del pago de multas por infracciones a normativa pesquera

Como parte de las medidas extraordinarias para reactivar el sector pesquero y acuícola

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  • El aplazamiento es aplicable a personas naturales y jurídicas que tengan multas administrativas impuestas por el PRODUCE o Gobiernos Regionales
  • Para acceder al aplazamiento no se debe contar con un proceso judicial en trámite relacionado con la sanción de la multa

El Ministerio de la Producción (PRODUCE) anunció la puesta en vigencia del aplazamiento del pago de multas administrativas por infracciones a la normativa pesquera y acuícola hasta por un plazo de 150 días calendario.

La prórroga de pagos es una de las iniciativas que forman parte de las medidas extraordinarias para la reactivación productiva agraria y pesquera, emitidas por el Ejecutivo, a través del Decreto de Urgencia N° 007-2017, publicado el 7 de abril pasado

Por ello, a través de la Resolución Ministerial N° 178-2017-PRODUCE, el ministerio de la Producción reglamenta las medidas necesarias para viabilizar el cumplimiento de este decreto.

La norma precisa que el aplazamiento solo es aplicable a personas naturales y jurídicas, titulares de derechos administrativos que tengan multas impuestas por el PRODUCE o Gobiernos Regionales

Asimismo, los requisitos para acceder a este beneficio son dos: ser titular del derecho administrativo para el desarrollo de actividades pesqueras o acuícolas y la presentación de la solicitud de aplazamiento, conforme al formulario establecido, el mismo que contiene la declaración jurada de no contar con proceso judicial en trámite relacionado con la sanción de multa que se busca prorrogar.

La autoridad competente para resolver la solicitud de aplazamiento es la Dirección General de Pesca Industrial en el Ministerio de la Producción y en los Gobiernos Regionales, la autoridad con competencia sancionadora.

El PRODUCE indicó que el plazo para que las autoridades competentes emitan una resolución sobre la solicitud de prórroga es de máximo cinco días hábiles desde que la misma es recibida.

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