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  • Veda del crustáceo regirá del 3 de enero al 31 de marzo del próximo año
  • Autoridades competentes velarán por el estricto cumplimiento de la norma

Por recomendación del Instituto del Mar del Perú (IMARPE) y, debido a que el periodo de su máxima actividad reproductiva todavía no se ha iniciado, el Ministerio de la Producción (PRODUCE) extendió “excepcionalmente” la temporada de pesca del camarón de río, hasta el 2 de enero de 2017.

La disposición está contenida en la Resolución Ministerial N° 479-2016-PRODUCE, publicada en el diario oficial El Peruano, la misma que señala que a partir del 3 de enero de 2017, quedará prohibida la extracción, procesamiento, transporte, comercialización, utilización y consumo del camarón de río a nivel nacional.

El informe del IMARPE se basa en muestreos biológicos del crustáceo, denominados “Análisis de la condición reproductiva de la población adulta del camarón Cryphiops Caementarius en ríos de Arequipa – diciembre 2016”.

PRODUCE exhorta a los pescadores, comercializadores, cocineros y a los consumidores en general, a respetar la veda - una vez iniciada -, para permitir que el recurso se reproduzca y se garantice su disponibilidad en la mesa de los peruanos el resto del año.

Cabe precisar que, si bien mediante la R.M N° 312-2006-PRODUCE quedó fijada la temporada de pesca del recurso camarón, entre el 01 de abril y el 19 de diciembre de cada año, sin embargo, la fecha puede ser modificada por recomendación del IMARPE, como es el presente caso.

PRODUCE recordó que consumir camarón de río en el periodo de veda, atenta contra el proceso de maduración del crustáceo, toda vez que, por cada cola de camarón que se ingiere se pierden unos 2,500 huevos, lo que representa el ciclo vital de la especie.

ANCHOVETA 02

Para proteger recurso dispuso cierre preventivo de más de 160 mil Km2 del litoral

  • Promedio de ejemplares juveniles es de 15.47%, mientras que IMARPE proyectó que se podía pescar hasta 31%

El Ministerio de la Producción (PRODUCE) actúa en salvaguarda del recurso anchoveta, debido a que ha tomado diversas medidas para su protección durante la segunda temporada de pesca de la zona Norte- Centro, como el cierre preventivo de más de 160 mil kilómetros cuadrados del litoral peruano, destaca en su boletín informativo.

“La Dirección General de Supervisión y Fiscalización de PRODUCE, debido a la alta incidencia de ejemplares en tallas menores en algunas zonas, dispuso a través de 27 comunicados el cierre preventivo de 46 zonas de pesca, protegiendo un área total de 160,901.283 Km2”, se detalla.

Con base a la información del muestreo biométrico realizado por las empresas ejecutoras del programa de vigilancia y control (PVC), y del Aplicativo Bitácora Web, se advierte que durante la segunda temporada de pesca 2016, el promedio ponderado de ejemplares juveniles es de 15.47%, mientras que el Instituto del Mar del Perú (IMARPE) proyectó que se podía pescar hasta 31%.

De esa manera, PRODUCE demuestra que respeta los límites máximos de pesca en todo el litoral peruano. El recurso anchoveta, presenta una moda de 13.5 centímetros.

También por recomendación de IMARPE, a través de las resoluciones Ministeriales N° 457, N° 460, N° 467 y N° 469 se determinó la suspensión temporal de 7 zonas de pesca, ubicadas frente a las localidades de Chiclayo, Casma, Huarmey y Supe.

52.97% de cuota capturada

Entre los días 11 de noviembre y 22 de diciembre del presente año, un total de 749 embarcaciones realizaron la descarga de 1,059,488.480 toneladas del recurso anchoveta destinada para el consumo humano indirecto, equivalente al 52.97% de la cuota de captura asignada para la zona norte centro, que es de 2 millones de toneladas, precisa el boletín informativo.

De ese total, 61,410.185 mil toneladas corresponden a la pesca exploratoria, mientras que las 998,078.295 mil toneladas restantes a la segunda temporada Norte-Centro.
Las descargas estuvieron concentradas en las regiones de Ancash (40.96% del total), La Libertad (32.60%). En Lima se descargó el 15.76% de la anchoveta capturada, en Piura el 5.41%, en el Callao el 4.45% y en Ica el 0.83% del total capturado.
Las descargas se realizaron en 13 puertos de los cuales Malabrigo, Chimbote, Coishco y Supe fueron los que presentaron mayores porcentaje de descargas con 32.60%, 25.57%, 13.21% y 5.33% del total.

Esas descargas fueron inspeccionadas en su totalidad por supervisores acreditados por el Ministerio de la Producción, en el punto de descarga o chata, así como en la tolva de pesaje, donde se verifican los pesos reportados y se efectúan los muestreos de la anchoveta.

Invocan pesca responsable
El Ministerio de la Producción mantiene una vigilancia permanente para garantizar la sostenibilidad de la anchoveta, en el marco de los principios de la pesca responsable y de los objetivos de explotación racional y óptima de los recursos contenidos en la Ley General de Pesca.
PRODUCE exhortó a la industria pesquera a realizar sus faenas en forma responsable e informar oportunamente en torno a la presencia de juveniles, así como a respetar las áreas que se cierren por ese motivo.

  • Hoy fue publicado Decreto Supremo que fija requisito para naves de otros países
  • Naves extranjeras que utilicen deberán entregar su bitácora, desde que ingresan a 200 millas peruanas

Con la finalidad de combatir la pesca ilegal, el Ministerio de la Producción (PRODUCE) dispuso que las embarcaciones que arriben a los puertos y astilleros peruanos, deberán contar con control satelital, lo que permitirá conocer sus rutas y faenas de pesca para una mejor vigilancia en la costa peruana.

Así lo establece el Decreto Supremo N° 025-2016-PRODUCE, publicado hoy en el diario oficial el Peruano, según el cual las embarcaciones que no cuenten con equipo satelital - porque recién están entrando al país o no lo han instalado - tendrán que enviar a la Autoridad Marítima Nacional para su validación, un reporte y diagrama de su posicionamiento satelital.

La medida puesta en vigencia, busca asegurar la conservación y racional explotación de los recursos hidrobiológicos en las 200 millas peruanas, a través de un efectivo control que ayude a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal no declarada y no reglamentada, en el marco de los objetivos contenidos en los tratados internacionales de los cuales Perú forma parte, en cuanto a ordenamiento pesquero.

El Decreto Supremo N° 025-2016-PRODUCE modifica los artículos 3 y 4 del Decreto Supremo 016-2016-PRODUCE que establece medidas para autorizar operaciones en puertos y astilleros peruanos de embarcaciones de bandera extranjera con actividades pesqueras de recursos hidrobiológicos altamente migratorios, transzonales o transfronterizos en alta mar.

VICE UPC

A través de Programa Innóvate Perú

  • En los últimos tres años, casa de estudios ha incubado más de 30 StartUp internas y externas

El Ministerio de la Producción (PRODUCE), a través del Programa Innóvate Perú, cofinanciará con Recursos No Reembolsables (RNR) cercanos a S/ 700 mil, el fortalecimiento de la incubadora de negocios de la Universidad de Ciencias Aplicadas (UPC), denominada StartUPC.

Hoy ambas instituciones firmaron el convenio a través del cual se formaliza el apoyo financiero del PRODUCE para el desarrollo de los emprendimientos innovadores que impulse StartUPC, además de supervisar la ejecución técnica y evaluación de los mismos.

La UPC fue una de las instituciones que ganó el concurso público lanzado por Innóvate Perú en mayo de 2016, para fortalecer su incubadora de negocios por un periodo de tres años. La casa de estudios destinará cerca de 470 mil soles para complementar lo financiado por PRODUCE.

Al respecto, el viceministro de MYPE e Industria, Juan Carlos Mathews, destacó el trabajo de incubadoras de negocios como StartUPC e indicó que estas contribuyen a que proyectos de innovación empresarial puedan accedan a asesoría técnica y servicios que facilitan la implementación de los negocios.

“Una incubadora de negocios nos permite conocer de cerca las necesidades y perspectivas de los negocios de los emprendedores, mejorando la relación con proyectos locales de innovación”, sostuvo.

Por su parte, Edward Roekaert, Rector de la UPC sostuvo que el apoyo financiero recibido de Produce, permitirá a la casa de estudios no solo incubar los proyectos de sus alumnos, sino también desarrollarlos, accediendo a un primer fondo de capital semilla para así seguir escalando.

“No solo vendrán iniciativas de UPC, sino también proyectos de otras instituciones, beneficiándose aquellos que se alineen a nuestras 4 líneas de investigación”, indicó Roekaert

A lo largo de últimos tres años, la UPC han incubado más de 30 Startups internas y externas, de las cuales 11 han recibido premios en efectivo por más de US$ 265,000 para continuar sus empresas.

Datos
StartUPC fue creada en el año 2103 con el objetivo de acompañar y potenciar los emprendimientos de estudiantes, docentes, egresados, administrativos de la Universidad, y a toda la comunidad emprendedora del país.

Además de la UPC, se beneficiaron con el fondo de incubadoras durante el 2016, la USIL, Universidad del Pacífico, Endeavor Perú, y PQS de Fundación Romero.

ARTESANAL

Publicó Decreto Legislativo en El Peruano

  • Se busca facilitar la formalización de 25 mil pescadores artesanales del país
  • Autoridades deberán pronunciarse en un plazo de no mayor de cinco días sobre evaluaciones de los permisos

Con el objetivo de simplificar los procedimientos administrativos requeridos para facilitar el desarrollo de la actividad pesquera artesanal, el Poder Ejecutivo publicó hoy el Decreto Legislativo (DL) N° 1273, en el diario oficial El Peruano, con lo cual se busca lograr la formalización de 25 mil pescadores del país.

Según la norma, se entiende que concluye la formalización pesquera artesanal, cuando se obtiene el permiso de pesca. Será de aplicación a las entidades de gobierno vinculadas con el proceso de formalización de la actividad pesquera artesanal; siendo los beneficiarios de la norma el armador o propietario artesanal de embarcaciones pesqueras de hasta 6.48 de arqueo bruto, que realiza faenas de pesca en el ámbito marítimo.

Mediante el Decreto Legislativo, se crea el Sistema de Formalización Pesquera Artesanal (Siforpa), a cargo del Ministerio de la Producción (PRODUCE), como herramienta informática que integra los procedimientos administrativos vinculados al otorgamiento del permiso de pesca artesanal de embarcaciones.

“Los manuales, guías de usuario, u otros documentos requeridos para el uso del Siforpa, son desarrollados por el Ministerio de la Producción, considerando el procedimiento para la formalización pesquera simplificada”, destaca el texto.

Procedimiento
El armador o propietario artesanal presenta su solicitud a través del Siforpa. Los trámites en dicho sistema se desarrollan con el uso de la tecnología de la información y comunicación. El procedimiento para la formalización es el siguiente:
1. El armador o propietario artesanal presenta una solicitud de permiso de pesca, a través del formato del Siforpa, con la siguiente información:
a) Nombre, domicilio, número de DNI y correo electrónico.
b) Declaración jurada indicando que tiene la calificación de armador o propietario artesanal.
c) Características de la embarcación.
d) Para efectos de atención de la solicitud, se deberá consignar la autoridad competente en materia de pesca artesanal a la cual se dirige y resolverá la solicitud del permiso de pesca.

Además se señalan otros requisitos para la obtención del certificado de matrícula.

El Ministerio de la Producción, a través del Siforpa, remite la solicitud a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa (Dicapi), para su evaluación y pronunciamiento en el extremo referido a la matrícula de la embarcación.

Dicha autoridad remite, en un plazo no mayor a cinco días hábiles, el resultado de la evaluación a la autoridad competente pesquera. De no realizar la comunicación en dicho plazo, se aplica el silencio administrativo positivo.

Los Gobiernos Regionales o el Ministerio de la Producción, en el ámbito de sus competencias, evalúa la solicitud en el extremo referido al permiso de pesca, en concordancia con el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, exceptuándose en el permiso de pesca a los recursos declarados en recuperación o plenamente explotados.

Dicha autoridad remite, en un plazo no mayor a cinco días hábiles, el resultado de la evaluación al solicitante. De no realizar la comunicación en dicho plazo, se aplica el silencio administrativo positivo.

Promoción a la formalización

La promoción de la formalización pesquera artesanal simplificada queda a cargo del Ministerio de la Producción, que en coordinación con los Gobiernos Regionales establece programas promocionales, los mismos que pueden incluir alianzas estratégicas con las asociaciones de pescadores artesanales.

El Ministerio de la Producción implementa campañas nacionales de formalización pesquera activa, para lo cual cuenta con el apoyo de las demás Entidades Públicas referidas en el Decreto Legislativo.

El proceso de formalización pesquera artesanal simplificada, constituye una excepción para la obtención del permiso de pesca de las mencionadas embarcaciones. Tiene una vigencia de hasta 180 días calendario, contados desde la implementación del Siforpa, que se creará en un plazo de 60 días.

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